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Esteban Palacios Ronda

El acceso de las fundaciones al régimen fiscal privilegiado de las entidades no lucrativas : propuestas para su reforma

La consecución de fines de interés general no es una tarea monopolizada por el Estado, sino que “se armoniza en una acción mutua estado-sociedad” (STC 18/1984) que precisa de un marco normativo adecuado, fiscalmente materializado en la Ley 49/2002 de Régimen fiscal de las entidades no lucrativas, la cual establece los requisitos para que, en particular, las fundaciones, puedan acceder al régimen fiscal privilegiado en ella contenido. Sin embargo, las deficiencias de técnica legislativa que presenta esta norma, la interpretación que de ella efectúa la DGT, -a través de un filtro de desconfianza hacia la sociedad civil- y su falta de acomodo, tras casi veinte años desde su promulgación, a la …

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Soluciones de las comunidades autónomas de régimen general a algunas deficiencias de la Ley 49/2002 de Régimen fiscal de las entidades no lucrativas en el ámbito del mecenazgo cultural

The current Law 49/2002 on the tax regime of non-profit entities and tax incentives for patronage was born out of the declared will to establish a set of incentives applicable to patronage activity in general and, in particular, to cultural patronage. However, the practical application to date of this commendable principle has been shown to be a mere normative proposition. The Autonomous Communities of the Balearic Islands, the Valencian Community and Castilla-La Mancha have enacted laws on tax incentives for cultural patronage that could resolve, within the scope of their competences, some difficulties encountered with state regulations. With this scenario in mind we analyze the effective …

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Fundaciones acogidas a la Ley 49/2002 e Impuesto sobre Sociedades: Indicadores de responsabilidad y transparencia tributaria

Asistimos en la actualidad a una redefinición de las funciones del sector público, derivada tanto de la propia sostenibilidad de dicho agente como del papel que la sociedad civil reclama para sí. De esta forma se ha producido un desplazamiento desde la consideración inicial de las fundaciones como meras tenedoras de patrimonios estáticos hasta devenir hoy en día en auténticos operadores económicos de mercado, en el que intervendrán bien de forma directa bien a través de la participación en sociedades, con el objetivo de dar cumplimiento a los fines de interés general que les son propios. La función social así desarrollada supone el complemento, e incluso la sustitución, de la actividad rese…

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Financiación de asociaciones: examen especial del ejercicio de actividades económicas

The economic crisis has led to an increase in the funding needs of associations and at the same time, a decrease of its resources. In view of this situation, we will examine the different existing possibilities to obtain a stable financial framework and, in light of the limitations which other systems suffer from, we will conclude that implementation of economic activities will prove to be the most practical solution. However, this exercise faces the disapproval of the Administration which considers, in many cases, that said alternative leads to the loss of its declaration of public utility and subsequently the possibility of opting for the privileged tax regime inherent in Law 49/2002 on T…

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Utilidad pública de las asociaciones. Revocación por la Administración y solución fundacional.

La finalidad no lucrativa de las asociaciones puede encaminarse a la consecución de fines tanto de interés particular como de interés general. En este segundo caso, la búsqueda del bien común les hace merecedoras de una especial protección por parte de los poderes públicos que se concreta en su declaración legal como «asociaciones de utilidad pública». Sin embargo, tras la Ley Orgánica de Asociaciones, de 22 de marzo de 2002 (LODA), la administración se muestra renuente a otorgar la calificación de utilidad pública a aquellas asociaciones que, en aras a allegar recursos para el cumplimiento de sus fines, desarrollen una actividad económica. A resultas de dicho proceder administrativo estas …

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Indicadores de responsabilidad tributaria en las fundaciones acogidas a la Ley 49/2002. Especial referencia a las fundaciones de competencia estatal

En este presente trabajo se formulan indicadores de responsabilidad tributaria de las fundaciones como mecanismo de prevención de las contingencias fiscales que pudieran recaer tanto sobre estas entidades como sobre sus patronos y mecenas. Se completa así la literatura existente centrada en los ámbitos de gestión y financiero. Paralelamente, una actuación transparente de las fundaciones exige que el grado de cumplimiento de estos indicadores, sea visible por los terceros en general y por los donantes o mecenas en particular, debiéndose dar razón de dicho cumplimiento atendiendo a los distintos destinatarios de la información a suministrar. A tal fin, y siguiendo la metodología utilizada por…

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