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Alma María Rodríguez Guitián
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El homeschooling a debate: ¿una hipótesis de responsabilidad paterna?
2015
Este artículo analiza si el método de la enseñanza en casa constituye una alternativa válida desde el punto de vista jurídico a la escolarización obligatoria. Una adecuada ponderación del derecho de los progenitores a educar y del papel del Estado en la educación, hecha a la luz del interés superior del menor, no debe ser esquemática y rígida. La diversidad de motivos y el posible impacto que puede generar en el niño la educación en casa en cada caso concreto han de ser necesariamente tenidos en cuenta por los tribunales. This paper examines whether homeschooling is a legal alternative to compulsory schooling. The optimal balance between the parents´right to educate their children and the s…
La reproducción artificial post mortem en España: estudio ante un nuevo dilema jurídico
2015
Un método de estudio adecuado del art. 9 de la Ley 14/2006 de 26 de mayo sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida requiere dar un tratamiento diferenciado a las dos hipótesis contempladas en dicho precepto. Por una parte, la inseminación artificial de la viuda o de la compañera more uxorio con el esperma del varón tras el fallecimiento de éste, con cuya admisión el legislador, además de incumplir el mandato vinculante de actuación dirigido a la protección del menor previsto en los párrafos 3º y 4º del art. 39 de la Constitución Española de 1978, ha ignorado el principio del interés superior del menor: el legislador debe garantizar que un niño nazca con progenitores que le presten asis…
Derecho al honor y personas jurídicas de derecho público
2016
De acuerdo con la doctrina del Tribunal Constitucional español, el Tribunal Supremo en la sentencia 408/2016 de 15 de junio ha negado a las personas jurídicas de Derecho Público el derecho al honor reconocido en el artículo 18 de la Constitución Española y en el artículo 7.7 de la LO 1/1982 de 5 de mayo de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la propia Imagen. Por el contrario, ha sostenido que cualquier persona jurídica de Derecho Privado es titular de tal derecho. Por consiguiente, las entidades jurídicopúblicas no pueden reclamar la tutela de su reputación por medio de un procedimiento preferente y sumario y además necesariamente tienen que acredi…