Nuevos desafíos contractuales: elementos y naturaleza (de servicios) de las relaciones de compliance y de data monitoring
Determinados ordenamientos especiales han propiciado la creación de nuevas relaciones profesionales carentes de regulación en el ordenamiento jurídico-privado: la relación de «Compliance» y la de «data monitoring». La primera deriva de las reformas del Código Penal (2010 y 2015) con el establecimiento «ex novo» de la responsabilidad penal de las personas jurídicas y la necesidad de un órgano de supervisión, vigilancia y control que establezca medidas idóneas para prevenir los delitos (art. 31 bis CP) —oficial de cumplimiento normativo o «compliance officer»—. La segunda, del marco jurídico impuesto por el Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016 (en adelante RGPD) (art. 37 y ss.) y l…