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Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo español que considera a los Riders empleados laborales
Adrián Todolí Signessubject
Dret del treballdescription
España ha sido uno de los países con mayor nivel de judicialización del conflicto clasificatorio en el trabajo en plataformas. Decenas de sentencias se han pronunciado en los últimos años. La mayoría han indicado la laboralidad de los trabajadores de plataformas en el sector del transporte, no obstante, algunas han sostenido que eran verdaderos autónomos. Esta contradicción en la doctrina judicial ha permitidito/ ha obligado al Tribunal Supremo español a pronunciarse. Esta que se comenta en este artículo ha sido dictada por el Pleno del Tribunal Supremo en materia social, adoptando la decisión por unanimidad entre todos los magistrados. El Tribunal Supremo, en esta sentencia, considera que el repartidor es laboral, de un lado, por el hecho de calificar la plataforma digital como elemento productivo relevante –en contra posición con la motocicleta que es de valor despreciable- y, por otro lado, al argumentar que el repartidor realizaba sus funciones bajo la marca y para los clientes de la empresa propietaria de la plataforma, entre otras razones.
year | journal | country | edition | language |
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2020-12-21 |