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A propósito del reglamento (UE) nº 606/2013, del parlamento europeo y del consejo, de 12 de junio de 2013, relativo al reconocimiento mutuo de medidas de protección en materia civil

Juan Carlos Vegas Aguilar

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:CIENCIAS JURÍDICAS [UNESCO]Ciencias jurídicasUNESCO::CIENCIAS JURÍDICASVíctimas de actos criminalesViolenciaDerecho civilCiencias jurídicas. Generalidades

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Desde la creación de la Unión Europea, uno de sus objetivos básicos ha sido la libre circulación dentro de su territorio tanto de mercancías como de personas. Dentro de esta política de libre circulación de personas es necesario incluir mecanismos que coadyuven a su protección en todo el territorio de la Unión Europea, con el objetivo de que la libre circulación pase de ser un deseo a una realidad efectiva. Pues bien, desde hace algunos años, se planteó la cuestión de cómo proteger a las víctimas de delitos para que pudieran viajar o residir libremente en los países de la Unión y, además, gozaran de un estatus de protección que le permitieran vivir de una manera libre de amenazas. Con ese espíritu se promulgó el Reglamento (UE) Nº 606/2013, sobre el que vamos a dar unas pinceladas en este trabajo. Since its creation, one of the main objectives of the European Union has been the removal of the obstacles to the free movement of persons and goods. Within this policy it is necessary to provide mechanisms that contribute to the protection both of persons and goods throughout the European Union territory in order to turn the free movement of persons and goods into reality.

https://hdl.handle.net/11268/5365