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Las instituciones valencianas durante la época del Archiduque Carlos

Sergio Villamarín Gómez

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En este trabajo comprobamos la participación de las principales instituciones valencianas -generalidad, ayuntamiento de Valencia, virrey y audiencia- en todo el proceso que acompañó la llegada de la dinastía borbónica. Para ello se aborda su funcionamiento durante los diferentes períodos que ésta abarca. Empezamos nuestro estudio con la muerte de Carlos II, el último Habsburgo, y la aceptación de Felipe de Anjou. A continuación desarrollamos este primer reinado de Felipe V de 1701 a 1705, aún bajo la tutela del ordenamiento foral, las relaciones de las instituciones con la monarquía, sus injerencias, las medidas que les afectan, el respeto a su estructura y funciones. Todo ello atendiendo a los condicionantes propios de cada institución, primando el análisis de su propia documentación y completándolo con la bibliografía existente sobre cada una de ellas, una línea que se mantendrá a lo largo de todo el trabajo. Serán las fuentes las que marquen el desarrollo de cada estudio. La guerra y su desarrollo aparecen reflejados también en el trabajo. La colaboración de las instituciones con uno y otro bando y su papel en el conflicto. En resumidas cuentas, qué supone el enfrentamiento armado en su seno. El común denominador en todas ellas, excepto para la audiencia, será el mantenimiento de una normalidad institucional con el gobierno que corresponda. Ello les obliga a participar en la defensa del reino desde ambos bandos, sin que eso afecte en demasía ni a las personas ni a la misma institución, tal y cómo podíamos pensar que sucedería. Enmarcado en este período, al que condiciona de forma irremisible, se repasa también el breve reinado de Carlos II en Valencia. Al interés que pueda despertar por sus propias características, debemos unirle el que suscita por convertirse en el último de vigencia de la legislación foral valenciana. Éste hecho hace que cobre singular interés pues podrá compararse con lo que supondrá la vuelta de los borbones y la implantación del derecho castellano. Inevitablemente, pone punto y final a este trabajo el análisis de lo que significó la Nueva Planta en las instituciones estudiadas. Para algunas supuso su desaparición y para otras una transformación, si bien, de tan considerable calado que prácticamente se equiparó a una sustitución por otro organismo con las mismas funciones. Cómo en cada una de ellas la respuesta es diferente, también lo es tratamiento que reciben. Así, la generalidad, aunque sin atisbo alguno de continuidad respecto a lo que era en el siglo anterior, se mantiene viva a lo largo de una parte del XVIII a través de las generalidades. Su carácter recaudatorio hace muy difícil su supresión inmediata, habida cuenta de la difícil situación económica de la corona por la guerra y sus consecuencias. Todo este proceso es cubierto de forma íntegra en el trabajo. Por lo que respecta al ayuntamiento valenciano, se hace hincapié en la primera fase de la transformación al nuevo esquema organizativo y jurídico. El hecho de contar con un modelo consolidado al que imitar, acompañado de la abundante bibliografía sobre el municipio valenciano bien entrado el XVIII, me permite centrarme en el modo en que los cambios se producen, período 1707-1710, y en cómo afectan a las personas y a la propia institución. La audiencia se transformará en chancillería, con la inclusión de presidente y ministros castellanos en igual número que los valencianos. Por lo roces continuos con las autoridades militares, se retornará a la figura de la audiencia supeditándola al capitán general.

http://hdl.handle.net/10803/9680