La previsibilidad contractual y sus consecuencias en el Código Civil y Comercial
<p>La temática que se abordará en el presente trabajo se relaciona con los efectos jurídicos que surgen de lo previsto en materia contractual; sea cual fuere el ámbito o las cuestiones por las cuales las partes exteriorizan su voluntad al momento de pactar. El Legislador ha contemplado las consecuencias jurídicas a través del vigente artículo 1728 del Código Civil y Comercial, señalando textualmente en cuanto a la “previsibilidad contractual”, que “En los contratos se responde por las consecuencias que las partes previeron o pudieron haber previsto al momento de su celebración”; obviamente basándose en un obrar culposo, habida cuenta de que la culpa se presume cuando el factor de atri…