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Desahucio por precario y atribución de la vivienda en las crisis familiares

Federico Arnau Moya

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:CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO [UNESCO]UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO

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Frecuentemente los progenitores de uno de los cónyuges o de los convivientes de una pareja de hecho le ceden a éste un inmueble a título gratuito para que le sirva a él y a su familia de vivienda. Estas cesiones se realizan de manera informal sin señalarse expresamente ni un plazo de duración ni un uso específico al que ha de destinarse el inmueble. El problema surge cuando tras una crisis familiar en una sentencia de divorcio o de separación se adjudica el uso de la vivienda a quien no es hijo o hija de los cedentes que interponen acciones judiciales para intentar recuperar la vivienda. En estos procesos el cedente suele alegar que la vivienda se cedió en precario mientras que el demando alega que se trata de un comodato. La jurisprudencia española ha sido vacilante a la hora de determinar que figura es la predominante.

https://hdl.handle.net/10550/84502