6533b854fe1ef96bd12ae7ed
RESEARCH PRODUCT
La ejecución de los acuerdos alcanzados en el marco de un procedimiento de mediación: diferentes continentes, diferentes soluciones y un objetivo -aparentemente- común
Carlos Espluguessubject
Welfare economicsmedia_common.quotation_subjectGeneral MedicineEconomic JusticeState (polity)Political scienceMediationInstitutionPosition (finance)media_common.cataloged_instanceEuropean unionSettlement (litigation)Public authoritymedia_commondescription
Las ADR/MASC han dejado hoy de ser mecanismos alternativos a la justicia estatal para pasar a ser entendidas como complementarias a esta, alterando de tal suerte la propia noción de acceso a la justicia. Dentro de esta categoría genérica, la mediación constituye hoy la institución que atrae mayor interés doctrinal y práctico y que, de alguna manera, refleja también de forma más nítida las ventajas que, se entiende, acompañan a este tipo de mecanismos. Anclada directamente en la voluntad de las partes, la mediación presenta como uno de sus puntos débiles la necesidad de asegurar la ejecutabilidad del acuerdo alcanzado por ellas en el marco de un procedimiento de mediación. Si bien existe coincidencia en la necesidad de no hacerlo depender exclusivamente de la voluntad de las partes, el estudio de las diversas soluciones legislativas existentes refleja la presencia de diferencias notables entre ellas, tanto en su filosofía como en las soluciones diseñadas. Ello se hace especialmente patente al contrastar la postura mayoritariamente mantenida en la Unión Europea, que subordina la ejecución del acuerdo a su previa homologación por una autoridad pública. Con la presente en las normativas iberoamericanas, donde resulta habitual que el acuerdo venga dotado de fuerza ejecutiva directa.
year | journal | country | edition | language |
---|---|---|---|---|
2019-08-21 | Revista Jurídica Digital UANDES |